IEE

INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS

Con la entrada en vigor del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, la cual sustituye el Informe de Conservatorio de Edificio por el Informe de Evaluación de Edificio (IEE).

Es un documento técnico que copila información del edificio evaluando en relación con su estado de conservación , las condiciones en materia de accesibilidad y el grado de eficiencia energético del mismo.

Es por tanto un documento que nos permite conocer el estado de nuestro edificio para poder acometer las obras de rehabilitación y mantenimiento mas aconsejables, al tiempo que cumplimentar la obligación urbanística para edificaciones de más de 50 años y edificaciones catalogadas.

El coste de la redacción del presente informe va en relación con la envergadura del bien inmueble a inspeccionar.

 

¿Quién está obligado de realizar un IEE?

Están obligados los propietarios de viviendas ubicados en edificios de tipología residencial de vivienda plurifamiliar que tengan una antigüedad superior a los 50 años.

¿Qué contenido tiene el IEE?

  • La evaluación del estado de conservación del edificio.
  • La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal
  • Certificado de eficiencia energetica.

Condiciones para el otorgamiento de ayudas

Para la obtención de la ayuda, será preciso presentar el Informe de evaluación del edificio y Anexo II. Deberá aportarse también la correspondiente factura de honorarios, original o copia.